Yo tengo una propiedad a mi nombre y mi novio tiene otra al suyo. Ahora nos estamos planteando vivir juntos y en poco tiempo casarnos. Mi pregunta es, segun las leyes en Cataluña, ¿Qué derechos tiene sobre mi piso en caso del la convivencia conjunta? Y en cuanto nos casemos, ¿Cada uno conserva su patrimonio personal o bien pasan todos a conjuntos y al 50%?
La separación de bienes, residiendo Vds. en Cataluña, rige el régimen económico del matrimonio por defecto.
Esto quiere decir que cada uno de Uds. es en la actualidad único propietario y titular de su piso. Si se casan y no hacen capitulaciones matrimoniales el régimen económico será el de separación de bienes y cada uno de UDs. sigue siendo propietario único, pero si alguno de los pisos se convierte en la vivienda familiar el titular de ella no podrá venderla sin autorización del otro, o en su defecto sin la autorización judicial.
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