Subrogación de empresas

Estoy trabajando en una empresa que pretende hacer una subrogación de mi contrato, ya que se ve empujada por otra de la competencia que le ha quitado clientes. Llevo 7 años trabajando en la empresa, pero resulta que mi empresa sigue teniendo trabajo ¿qué debo hacer?  ¿tengo que aceptar la subrogación?

Hay que distinguir dos supuestos. Uno, la cesión de trabajadores (contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a otra empresa ,que está limitada legalmente a las empresas de trabajo temporal), y otro, la sucesión de empresa o subrogación.

Esta última exige, para ser legal, que una empresa transmita a otra todos los elementos esenciales de la empresa tanto el técnico como el organizativo y patrimonial, o cuando menos el traspaso de elementos patrimoniales susceptibles de constituir un ente productivo, entendido este, como un ente organizado de personas y elementos  dotado de autonomía funcional , que permite el ejercicio de una actividad económica propia y autónoma.

De su consulta se desprende que estamos ante este último supuesto. Conforme a reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo  en estos supuestos de sustitución o subrogación de empresas, la sustitución, que se produce conforme a Ley, tiene carácter imperativo tanto para la empresa como para el trabajador, no precisa del consentimiento de este, y debe respetar todos los derechos adquiridos por los trabajadores afectados por la sucesión incluida la antigüedad.

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