Estamos especializados en la asesoría legal a particulares, autónomos y PYMEs, y nuestra red de despachos acostumbra a la relación de cercanía con el cliente.
No obstante, nuestra plataforma on line nos permite agilizar esa relación en un ámbito en el que la importancia de los asuntos tratados, la precisión y la agilidad desaconsejan la atención telefónica o la limitación de los horariosde oficina.
- No somos una aseguradora.
- Ni tenemos un call center.
- Disfrute de un abogado de cabecera con más de 10 años de experiencia.
Podrá acceder a nuestra zona privada de clientes, donde podrá:
- Intercambiar documentos sin límite de espacio en servidor seguro de 256bits.
- Enviar y recibir mensajes de su abogado de cabecera o del especialista que esté resolviendo su asunto.
- Comprobar y descargar sus facturas.
- Efectuar pagos con tarjeta o PayPal
1. Servicio gratuito de Consultas legales.
¿NECESITA AYUDA LEGAL? Dése de alta y podrá consultar gratuitamente a nuestros abogados a través de nuestra web.
Envíenos su consulta on line y un abogado especialista en su caso le dará una primera impresión gratuita sobre lo que debe hacer.
2. PYME y Autónomos
Fundamentalmente orientados hacia los autónomos y la pequeña y mediana empresa, le ofrecemos un Pack PYME que le proporcionará cobertura legal completa de cualquier necesidad legal relativa a su negocio.
Vd. no quiere sorpresas con los honorarios de los abogados cuando los necesite. Por una cuota fija de 80€ al mes, sin sorpresas, su empresa podrá consultar a nuestros especialistas, redactar contratos, responder a requerimientos formales, solicitar nuestra mediación en una negociación,…
3. Servicio de protección familiar.
No espere a que los problemas sean irreversibles. Más vale prevenir en asuntos tan importantes como su familia, su vivienda, su patrimonio…
Consulte sobre su contrato de alquiler o compraventa, su coche, su casa, pregunte acerca de su contrato de trabajo o su herencia, y tome las decisiones correctas sobre asuntos que afectan a aspectos tan importantes de su vida.
Mi pareja es rumana y tiene una hija de 6 años allí y no hay forma de poder traerla a Espaňa, el padre de la hija esta en la cárcel y aun le queda una condena de 10 años, la hija la cuida mi pareja y cuando está en Espaňa la familia de ella. Habría alguna forma legal de poder traerse a su hija?Gracias
Son titulares del derecho a residir con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea que hayan residido legalmente en España durante un período continuado de cinco años.
La entrada en territorio español de la hija de su pareja se puede efectuar con el pasaporte o documento de identidad válido y en vigor y en el que conste la nacionalidad de ella.
Cualquier resolución denegatoria de una solicitud de visado o de entrada deberá ser motivada. Dicha resolución denegatoria indicará las razones en que se base, bien por no acreditar debidamente los requisitos exigidos, bien por motivos de orden público, seguridad o salud públicas.
Si necesita nuestra ayuda con este u otro asunto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Se puede vivir en Paraguay y cobrar en Argentina ?.Porque conozco a Oscar Caco que cobra en Argentina,da su lugar de residencia en Entre Rios y vive en Paraguay.
Estimado Eduardo:
Como habrá visto, nosotros somos abogados españoles. De todos modos, la residencia, la propiedad de una vivienda y la nacionalidad son tres conceptos independientes que no tienen por qué coincidir.
Atentamente,
Tengo 65 años y ciudadania española argentina. Vivi en las Islas Baleares ( Ibiza ) mas de 15 años , aunque en mi vida laboral figuran por 10 años trabajados solo los dias de altas que suman en total 7 años y 3 meses por ser trabajos de temporada . Lei que hay una legislacion nueva que para los trabajadores temporales les corresponderia el año completo para cotizar. Quisiera saber esto porque veria con años trabajados en Suecia si podria llegar a los 15 años para optar por la jubilacion española.
Muchas gracias. Espero su respuesta
Efectivamente, se ha planteado ante las Cortes la propuesta de reducir a 7. 5 años en lugar de 15 el tiempo de cotización para que los trabajadores temporales puedan tener derecho a la jubilación , pero aún no hay nada en firme aprobado.
Habrá que esperar a ver lo que finalmente se aprueba.