Derecho Civil

Herencia

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Entre las distintas especialidades jurídicas que abarcamos, se encuentra el derecho civil. Para ello contamos con una red de abogados especialistas que resolverán todas tus dudas y te ayudarán posteriormente a solucionar todos tus problemas legales. Sea cual sea tu caso, puedes encontrar el abogado de derecho civil en línea perfecto para ti.

Desde IURIS on line te ayudamos con todas las preguntas o problemas que tengas respecto a la elaboración de un contrato, ya seas propietario o inquilino en el caso de un contrato de vivienda, o si es un contrato laboral, en el ámbito profesional. Desde la mera resolución de una consulta legal online en derecho de propiedad o inmobiliario hasta derechos sobre la construcción.

Tanto divorcios, capitulaciones matrimoniales y separaciones como herencias y particiones son temas delicados que se deben tratar con la mayor discreción y profesionalidad. Por ello, nuestro abogado civil online te informará y aconsejará para alcanzar el objetivo que desees.

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Consultas y comentarios

  • Buenos días,
    Quiero presentar una demanda por los defectos en la vivienda construida del cual soy a su vez el promotor. La demanda es contra la Constructora y la Dirección Facultativa (arquitectos y aparejadores). El caso es que la Constructora se encuentra declarada en Concurso. El Abogado me indica que en esta situación es competencia del Juzgado de lo Mercantil y posibilidad de conseguir alguna indemnización es mínima. El arquitecto, como en la mayoría de las empresas, es a su vez el administrador único (de la Concursada). La Ley Concursal (art 8 y 50) excluyen la competencia del Juzgado de lo Civil para conocer de procedimientos en los que efectivamente conste una parte en situación de concurso.

    Si demando directamente a la Dirección Facultativa, es posible e incluso esperable que sea alegada por la dirección facultativa y estimada su procedencia. (la jurisprudencia que acompaña se refiere al 1902 CC).

    De esta forma, si o si voy a terminar en el Mercantil. Tampoco se sabe de que forma se hará el reparto de la indemnización. Es posible que uno de los demandados, que es el administrador único de la concursada, se libere por tal circunstancia y que la mayor carga de la indemnización recaiga sobre la constructora. En cuyo caso no voy a ver ni un duro.

    Me gustaría confirmar que se puede recurrir a la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario para que la Demanda continue en el Juzgado de lo Civil que es mi única posibilidad de conseguir algo.

    Espero vuestros comentarios.
    Gracias

    Alexander15 abril, 2015
    • Estimado Alexander:

      En primer lugar, disculpe el retraso en la contestación, su consulta había sido marcada automáticamente como spam.

      Se puede demandar directamente a la Dirección Facultativa (arquitecto y aparejador), sin necesidad de demandar a La Constructora, pues no existe un litisconsorcio pasivo necesario, ni siquiera entre arquitecto y aparejador. Ahora bien, estos solo serían responsables, si los defectos se deben a defectos del proyecto, de la dirección de obra o a la calidad de los materiales, no a vicios en la construcción del los que, en principio y salvo prueba en contrario, solo respondería La Constructora.

      El fundamento jurídico de la responsabilidad de la Dirección Facultativa no se encuentra en el art. 1902, del CC. ,que se refiere a la responsabilidad extracontractual, sino a la existencia de un contrato de arrendamiento de servicios y su incumplimiento.

      Quedamos a su disposición.

      Atentamente,

      admin-iuris22 abril, 2015

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