Impago de deuda

modelos

Me contacto con ustedes por recomendación de un cliente de Buenos Aires. Les resumo la situacion. Soy propietario de una agencia de modelos en Buenos Aires. Una de nuestras modelos realizo en 2007 fotografias para la marca cosmetica ….., que según pude descifrar pertenece al grupo ….., por intermedio de una casa productora con sede en Madrid. Ese contrato se realizo entre la modelo y su contratante, la casa productora, por los dias de trabajo y una sesion de imagen de la modelo.

Una vez finalizados los derechos de imagen en 2008 la casa productora de Madrid nos solicitó una extension del plazo de uso, la cual cobramos con dificultad. Finalmente este año se nos solicitó una nueva extensión de uso para Latinoamerica hasta 2011, que cotizamos …… mil euros. Luego de la aprobacion y una vez reunida la documentacion correspondiente (facturas, comprobante de residencia fiscal, etc) procedimos a facturar a la casa productora, para recibir el llamado de su propietario que nos dice que la empresa esta en concurso de acreedores y no nos puede pagar. Normalmente resolveria esto en nuestro pais intimando al cliente dado que es quien utiliza las fotografias de la modelo, pero no tengo acceso al cliente final dado que este siempre se nos mantuvo oculto. Desconozco si la casa productora que recibió el pago de la modelo está realmente en concurso de acreedores. Por otra parte, según entiendo, realizo el cobro a su cliente ……. de mala fe, es decir, a sabiendas que jamás pagaría a la modelo dada su situacion financiera y tambien se irrogó el derecho de recibir el pago siendo que no realizaba ninguna función. Aunque realizamos el presupuesto a la casa productora la modelo jamás autorizó a ésta a realizar el cobro por su cuenta y orden asi como tampoco firmo contrato alguno por la nueva sesion de imagen.

Mi consulta es que posibilidad de prosperar le encuentran al caso y si puede ser viable para su estudio.


Efectivamente podemos asistirles en su problema, pero para darles nuestra opinión respecto a las posibilidades que existen de que prospere el caso, precisaríamos, antes, contar con más detalles.

Así, deberían facilitarnos:

a) El contrato que se realizó entre la modelo y la casa productora en 2007.

b) Correspondencia que pueda existir referida al caso.

c) La «… documentación correspondiente (facturas, comprobante de residencia fiscal, etc.)». También presupuestos.

También precisaríamos:

  • Datos de la casa productora, aunque suponemos que figurarán en el contrato, para poder averiguar, en su caso, si están en concurso o no.
  • Aclarar los siguientes extremos: hacen referencia a que «no se firmó contrato alguno por la nueva sesión». En que consistió esta nueva sesión y cuándo tuvo lugar.

En cualquier caso, podría ser que los administradores, independientemente de la sociedad, hayan incurrido en responsabilidad, y se pueda actuar contra ellos.

Si Uds. nos facilitan las anteriores aclaraciones y la documentación que les pedimos, les daremos nuestra opinión razonada sobre la viabilidad del caso sin coste alguno.

Indíquenos si desean también que comprobemos si la casa productora está en concurso y las necesarias comprobaciones en el Registro Mercantil para saber si cabría una posible responsabilidad de los administradores para poder actuar contra ellos.

Quedamos a la espera de sus noticias.

Atentamente,


Muchas gracias por tu respuesta. Te describo los pormenores:

a)       El 26 de Junio de 2007 la modelo Gabriela Medrano filmo en Madrid con la casa productora ……..  un comercial y graficas para el producto ……… Adjunto el contrato.

b)       Una vez vencido el contrato por un plazo de uso de 12 meses de su imagen pactamos con la casa productora ………….una primera renovacion de uso por una cifra de €………. En aquella oportunidad ……. demoró más de seis meses en pagarnos aduciendo problemas financieros. Sorpresivamente y estando aun impago el periodo de la primer renovacion correspondiente al plazo de uso 2009 Bus Pro nos comunica la intencion del cliente de dar un uso aun mayor en 2010 a la imagen de la modelo. Nos rehusamos a cotizarlo hasta tanto no hubieran pagado los 6000 euros que nos adeudaban (adjunto mails sobre ese intercambio). Esto destrabo aquel pago y cotizamos 25 mil euros el nuevo uso.

c)       Con fecha de Febrero de 2010 la contable de ……… nos confirma que se aprobo nuestra cotizacion por 25 mil euros (adjunto el mail).

d)       Luego de meses de espera por el pago y cuando ejercimos presion para recibirlo se comunico conmigo ………., el propietario de la casa productora  para informarme que no esta en condiciones de pagar debido a que se encontraba en concurso de acreedores. Según me dijo la justicia determinaria un administrador y ni siquiera era legal que nos pagara.

e)       En Junio de 2010 envio un Buro Fax para dejar un antecedente fehaciente del reclamo del pago.

De acuerdo a mi punto de vista el cliente ……. esta haciendo uso de la imágen de la modelo y pago mal, es decir, este o no en concurso de acreedores ……….. no tiene un contrato que autorice el uso de la imagen de la modelo. Unicamente se envio un presupuesto  y una factura, pero al no haberse realizado el pago nunca se les envio el contrato o sesión correspondiente.

Por ultimo, incluso si ……… se encuentra concursada, entiendo que su propietario recibio el pago de la modelo a sabiendas que no le pagaria, sino que absorvio esos ……. mil euros para su caja sin aportar servicio alguno para nosotros o su cliente. En definitiva este o no concursada ……… mi intencion es ir contra el cliente final y contra quien se identifica como propietario de la empresa.


Suponemos que el contrato de fecha 26/6/2007 ha sido firmado por ……… S.A., por la modelo y por su representante por cuanto eso es lo que se desprende de las antefirmas  que figuran al pie del mismo, aunque en la copia recibida no aparece ninguna firma. Confirmen, por favor, que fue firmado.

Conforme al contrato, se puede reclamar directamente a ………..S.A el pago de la deuda, pues ha sido «parte» del contrato original. Así lo acredita la clara referencia al «CLIENTE: ………….S.A.» y a «CAMPAÑA: ………….» y el pacto que dice: «En contraprestación EL CLIENTE  a través de la de la Productora …………. S.L. se compromete al pago…»

La extensión o renovación del contrato y la aprobación del precio de la misma, …………….€, queda acreditada por los correos cruzados.

También podría formularse directamente la reclamación frente a los administradores de Productora ………. S.L. por actuación, cuando menos negligente, en el ejercicio de sus funciones, la empresa entra en concurso, retienen indefinidamente dineros que no son suyos, etc.

Aunque también se podría reclamar a la Productora …………….. S.L., al estar en concurso, lo cual comprobaríamos, no añadiría ninguna eficacia o garantía a la reclamación, y sin embargo si ralentizaría el desarrollo del proceso de reclamación.

Consideramos, pues, viable un proceso de reclamación ante los tribunales, por cuanto entendemos que existen suficientes fundamentos jurídicos para ello.

Previamente a iniciar el procedimiento nos dirigiríamos a cada uno de los demandados instándoles al pago y así evitarían la demanda judicial.

Si desean incoar el procedimiento, háganoslo saber y les facilitaremos un presupuesto de nuestros honorarios, que se recuperarían si la sentencia condena en costas a los demandados cosa que obviamente pediríamos también en la demanda.

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